Código Civil Artículo 402 H Estado de Nayarit
Código Civil Nayarit
Artículo 402 H.
Para la adopción internacional, se establecen los siguientes requisitos:
I. Acta de matrimonio que acredite su celebración;
II. Acta de nacimiento de los cónyuges que acrediten tener más de veinticinco años de edad y diecisiete años mayores que el adoptado;
III. Tener un máximo de cincuenta años de edad;
IV. Certificados médicos que acrediten que los adoptantes gozan de buena salud física y mental. En caso de duda, el Juez podrá disponer su homologación por profesionales nacionales;
V. Certificado otorgado por autoridad competente del país de origen que acredite solvencia económica;
VI. Informe psicosocial elaborado en el país de residencia;
VII. Certificado de haber recibido preparación para padres adoptivos;
VIII. Acrediten su legal estancia en el país;
IX. No tener antecedentes penales, lo que se acreditará mediante certificados del país de los solicitantes y tampoco tener sentencia condenatoria por delito doloso en México;
X. Certificado de idoneidad otorgado por las autoridades competentes del país de residencia de los solicitantes; y,
XI. Autorización para el trámite de ingreso del adoptado al país de residencia de los solicitantes.
Todos los documentos otorgados en el exterior serán autenticados y traducidos al español y estarán debidamente legalizados
Estado de Nayarit Artículo 402 H Código Civil
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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